jueves, 22 de octubre de 2009

La responsabilidad política de un presidente


Alpher Rojas Carvajal
Rebelión




Hay ocasiones -decía Carlos Marx- en que los sectores dominantes llegan a tales niveles de degradación ética que hasta la propia legalidad les parece subversiva. Sin duda, no se trataba sólo de un retrato de la turbulenta época en que le correspondió reflexionar a este lúcido progenitor de las ciencias sociales. También era un pronóstico de largo plazo que entrañaba una aguda observación premonitoria relacionada con las dinámicas del sistema de acumulación por él criticado.
En efecto, el debilitamiento del Estado, las aceleradas globalizaciones de los flujos financieros y de las comunicaciones, la gigantesca ola consumista, la racionalidad instrumental medio-fin (Weber) y el perverso individualismo metodológico, que atrapó a una parte de la sociedad en las vacuidades novedosas del pensamiento posmoderno, ha conducido a un transitorio congelamiento de las expectativas democráticas por una sociedad más ética, más igualitaria y respetuosa de las diferencias. Y en su lugar ha puesto en la escena fulgurante de los medios el paradigma de la competencia, una praxis lujuriosa del libre mercado en el que la regla de oro es, sencillamente, que no hay reglas y que en su más prístino significado traduce: “sálvese quien pueda”.
La paradoja es que casi siempre esa “competencia” no es entre iguales, sino que se reduce al pulso librado entre un opulento magnate (léase país, banco o multinacional) bien dormido y bien comido y un famélico individuo sin reflejos (léase país, empresa o ciudadano), publicitada por las tecnocracias transfronterizas como panacea para asegurar la “confianza inversionista”.
La sociología jurídica moderna, en especial aquella que tiene que ver con la formación de las leyes, visibiliza las costuras del modelo competitivo e indica cómo a partir de la vigencia del Consenso de Washington –pivote de la globalización neoliberal-, los ordenamientos legales son diseñados por los abogados de las corporaciones transnacionales en las reuniones de los países poderosos cuyo objetivo es la maximización de utilidades. Flexibilización, exenciones, subsidios, garantismo corporativo, son figuras inscritas en la matriz del nuevo sistema mundial, pues el progreso anunciado al final no consiste en un esfuerzo común por desplazar la pobreza o las fronteras de la escasez, sino en juegos que no sumen nada porque una parte debe pagar lo que otros ganan.
Hay que recordar que los países desarrollados, que abrigan el 21% de la población mundial, controlan el 78% de la producción de bienes y servicios y consumen el 75% de toda la energía generada (1). En ese escenario en el que la economía subordina a la política, los mandatarios tercermundistas, cual autómatas secuenciales, cumplen acríticamente el papel de legitimar ante sus parlamentos los intereses del mercado mundial para el usufructo de los recursos nacionales, en enmascarados procesos que desembocan a mediano plazo en macrocrímenes (biológicos, ambientales, económicos, culturales, militares o políticos) disfrazados como contingencias de la crisis para facilitar la “cohesión social”.
En estas circunstancias, los resquicios por los que se refina el crimen de cuello blanco y, aún, la pequeña y mediana industria de la delincuencia -que así entrecruza sus planos con el poder legítimo-, son múltiples. Pero los principales están en los respiraderos móviles y en las falsas barreras de las nuevas leyes, facilitadoras y propiciadoras de impunidad y privilegios. “Nunca antes los criminales habían sido tan globales, tan ricos ni tan políticamente influyentes” (2) advierte Moisés Naim, editor de la acreditada revista Foreing Policy. Para quien estas elites corruptas representan un poder económico que mueve el diez por ciento del comercio mundial.
En esa misma línea ilustrativa, muchos años después de su deceso el notable dramaturgo alemán Berthold Brecht (“ Pero, ¿cómo puedo comer y beber cuando le arranco al hambriento lo que como, y mi vaso de agua le falta a un sediento?”), vería -en el contexto de la crisis financiera mundial del siglo XXI- hecho realidad su apotegma moral sobre la similitud delictual entre crear un banco y atracarlo.
Esa realidad transnacional que, a todas luces resulta aplastante para los países pobres y decepcionante para los espíritus frágiles, es transvasada en apropiadas dosis a nuestra cultura institucional. Colombia, en lo que va corrido de este siglo ha metabolizado modelos depredadores, normatividades complacientes y jurisprudencias exculpatorias que, de alguna manera, son extrañas a nuestra personalidad histórica y que generan las condiciones de exclusión y fractura social en que se asienta el modelo de desarrollo violento actualmente en boga.
La apropiación de estas concepciones ha entrañado para el país la profundización de irritantes desequilibrios sociales, que se expresan tanto en los factores de concentración de la riqueza y las oportunidades, como en una rampante corrupción de las elites en el poder. El gobierno neoconservador del presidente Uribe Vélez, pese a las estrategias mediáticas para ocultar su descomposición ética, no ha logrado taponar la filtración semanal de frecuentes hechos de venalidad desde el primer día de gobierno en que designó al hoy sujeto procesal Fernando Londoño Hoyos como ministro del Interior hasta el escándalo de este mes “Agro Ingreso seguro”, programa que ha repartido 1,4 billones de pesos, especialmente a familias terratenientes multimillonarias, con fuertes lazos políticos y partidistas con el gobierno.
El Instituto del Pensamiento Liberal, bajo el título de “El Frenesí del Poder” (3) publicó entre los años 2003 y 2007 una investigación en dos folletos con la antología de los actos de corrupción de la administración Uribe Vélez, en la que se registran más de 167 conductas delictuales, que en su momento causaron asombro. Y en la serie “El embrujo autoritario” (4), la Plataforma Colombiana de Derechos Humanos, consigna una amplia reseña de los favorecimientos, apropiaciones violentas de tierras, desplazamiento de campesinos y violación de derechos. Pero aún no habían aparecido en escena las “Chuzadas” y el espionaje del DAS ni los “falsos positivos”, eufemismo para disfrazar las ejecuciones extrajudiciales de jóvenes campesinos a manos de la Fuerza Pública, ni el cohecho notarial de la presidencia ni las macabras revelaciones de los jefes paramilitares, ni las zonas francas de la familia presidencial, ni el estudio del investigador Luís Jorge Garay sobre la contrarreforma agraria que despojó a los campesinos colombianos de 5.5 millones de hectáreas de tierras productivas.
No obstante, Uribe Vélez a través de diversas modalidades de control social y con el ejercicio simbólico de ritos de sacralización, jerarquización, compasión y miedo, ha sustraído su figura a las constantes sindicaciones. Salvar responsabilidades y adjudicarlas a construcciones ilusorias de sus adversarios, o restarles importancia mediante la activación de sorpresivas bombas de humo con las que hábilmente encubre el hecho precedente, es una característica de su estilo de gobernar.
Según la tradición constitucional, el gobierno lo conforman el Presidente y sus ministros. Ello implica que la responsabilidad política está en cabeza del jefe del gobierno. De no ser que los propios colombianos ejerzamos una suerte de “voto castigo” a la conducta presidencial, sólo la Corte Penal Internacional, como mecanismo de la Justicia global podría asumir el juzgamiento de la responsabilidad política del mandatario. Una sabia sentencia árabe dice: “Los heraldos que tocan a tú puerta tú los has llamado y no te has dado cuenta”.
- Alpher Rojas Carvajal es analista político, investigador social y director de la Corporación de Estudios Sociopolíticos y Culturales Colombia Plural.
1 Santos, Boaventura de Souza (2006) La caída del Angelus Novus. Ilsa, Universidad Nacional de Colombia
2 Naim, Moisés (2006) Ilícito, Debate editorial.
3 Instituto del Pensamiento Liberal (2005/2007) El Frenesí del Poder. Sherditores IPL
3 Plataforma colombiana de DD.HH., (2003/04/05/06/07) www.plataforma-colombiana.org
www.reddhfic.org

URGENTE
A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL

LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco Isaías Cifuentes”

DENUNCIA PÚBLICA

Continúa el uso de armas de guerra convencional y no convencional de fuerzas regulares e irregulares del Estado Colombiano y el abuso de autoridad contra de Estudiantes de la Universidad del Valle.

Un herido con arma de fuego y decenas de heridos con armas no convencionales en desarrollo de actos de represión contra jornadas de movilización Universitaria.

DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:

Sur occidente de Colombia, Departamento del Valle del Cauca, Municipio de Santiago de Cali, Universidad del Valle;

El Estado Colombiano mediante operaciones sistemáticas y combinadas de integrantes de las Fuerzas Especiales del Comando de Policía Región 4 (Sur Occidente) y Metropolitana de Santiago de Cali al mando del Brigadier General GUSTAVO ADOLFO RICAUTE TAPIA, del Comandando del Departamento del Valle del Cauca al mando del Coronel NELSON ACEROS RANGEL, entre los que se destacan los integrantes del Escuadrón Móvil Anti Disturbios (ESMAD) y Policías Motorizados y Narco Paramilitares, en desarrollo de la política de Consolidación de la Seguridad Democrática, reprime brutal e indiscriminadamente, con todo tipo de armamento de guerra a un grupo de estudiantes que en ejercicio de sus derechos constitucionales participaban de las Jornadas Nacionales de Movilización Universitarias.

Varios estudiantes que participaron en la jornada de protesta presentan heridas con armas no convencionales y uno con arma de fuego, el campus universitario y un centro de salud nuevamente fue violentado, en desarrollo de la agresión de las fuerzas armadas regulares e irregulares colombianas.

Sobre las Universidades Colombianas y en particular en la Universidad del Valle, Estado colombiano continúa desarrollando una campaña integral de represión, señalamiento, estigmatización y aniquilamiento de integrantes de la comunidad universitaria y sus organizaciones.

Por lo tanto, responsabilizamos al Estado Colombiano en cabeza del señor ÁLVARO URIBE VÉLEZ, a la Gobernación del Departamento del Valle del Cauca en Cabeza de JUAN CARLOS ABADIA y a las fuerzas regulares (militares y de policía) e irregulares (Narco Paramilitares) del Estado Colombiano por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) en contra de las organizaciones estudiantiles y sus líderes naturales, en el Departamento del Valle del Cauca.

HECHOS

Al sur occidente de Colombia, Departamento del Valle del Cauca, municipio de Santiago de Cali

Lunes 19 de octubre de 2009

Sede Meléndez de la Universidad del Valle, hacia las 12:00 de la tarde, se inicia una jornada de manifestación estudiantil pacifica enmarcada dentro del contexto nacional de luchas universitarias por la defensa de la universidad pública, la autonomía universitaria y la financiación estatal.

Cerca de las 12:15 de la tarde en momentos en que la concentración de estudiantes universitarios se localizaba sobre la Avenida Pasoancho, un hombre vestido de civil ubicado al interior de un automotor Mazda 6 de color gris apostado en inmediaciones de la unidad Multicentro II, realiza disparos indiscriminados de arma de fuego contra los manifestantes, resultando herido el estudiante DUVAN ARLÉS GUALTERO. Uno de los proyectiles de arma de fuego le impacto sobre el tronco de su persona.
Posterior a este hecho los ocupantes del automóvil parten a gran velocidad de la zona.

Cerca de las 12:20 de la tarde hacen presencia en el lugar de los hechos, un grupo de integrantes de las fuerzas Especiales de la Policía del Estado Colombiano pertenecientes al Escuadrón Móvil Anti Disturbios (ESMAD), así como tanquetas, camionetas y unidades motorizadas de la misma jurisdicción.

Posteriormente integrantes del ESMAD, sin orden judicial ingresan al campus universitario e inician una brutal represión utilizando indiscriminadamente armas convencionales y no convencionales sobre la humanidad de los concentrados, entre las que se destacan: Gases lacrimógenos, Granadas de esparcimiento, objetos explosivos cargados con canicas, metralla (vidrio molido y lata picada) y perdigones y bombas de aturdimiento y ráfagas y disparos tiro a tiro de proyectil de goma.

La acción Terrorista de las fuerzas Regulares del Estado Colombiano dejo un saldo indeterminado de heridos, de los cuales a la fecha y hora están confirmados:

DUVAN ARLÉS GUALTERO, Herido con proyectil de arma de fuego, quien fue trasladado al Servicio Médico de la Universidad del Valle en el bloque 384 del Campus de Meléndez. El edificio y quienes se encontraban en su interior igualmente fueron atacados con gases lacrimógenos por efectivos del ESMAD. Ante la gravedad de la herida, el estudiante tiene que ser trasladado de urgencia a la Clínica Valle del Lili, en donde se encuentra estable y recuperándose.

Una persona (al parecer trabajador de Coca Cola) resulta víctima de un arma no convencional lanzada por la Policía, con el resultado de que se le revienta el tímpano derecho siendo trasladado a la Clínica Valle de Lili.

EN RECHAZO A LA POLÍTICA DE SEGURIDAD DEMOCRÁTICA, QUE HACE DE LA EXTRALIMITACIÓN EN EL USO DE LA FUERZA UN ELEMENTO CONSTITUTIVO DEL ESTADO COLOMBIANO.

EN RECHAZO AL TERRORISMO DE ESTADO QUE MATERIALIZAN LAS FUERZAS DE POLICÍA EN EL MUNICIPIO DE Santiago de Cali.

EN RECHAZO A LA PASIVIDAD DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL FRENTE LA CRISIS HUMANITARIA QUE PADECE LA REGIÓN Y A LA FALTA DE ACCIONES CONCRETAS DIRIGIDAS A FRENAR ESTA POLÍTICA DEL RÉGIMEN FASCISTA DE ALVARO URIBE VELEZ.

DENUNCIAMOS PÚBLICAMENTE EL TERRORISMO DE ESTADO EN CONTRA DE Los estudiantes universitarios.

FRENTE AL FUNDADO TEMOR DE LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA Y EN RECHAZO A LAS EXTRALIMITACIONES DE LAS FUERZAS REGULARES E IRREGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO EN LA UNIVERSIDAD DEL VALLE. Y ANTE EL TEMOR DEL NÚCLEO FAMILIAR DEL CIUDADANO COLOMBIANO DUVAN ANDRÉS GUALTERO

Señalando que

DUVAN ARLÉS GUALTERO, En la actualidad es estudiante del programa de Sociología de la Universidad del Valle, integrante de las organizaciones gremiales Círculos Populares de Estudios Latinoamericanos (CPEL), así como de la Coordinadora Estudiantil de la Universidad del Valle.

RESPONSABILIZAMOS

Al estado colombiano, y en particular al Brigadier General GUSTAVO ADOLFO RICAUTE TAPIA (Comando de Policía Región 4 (Sur Occidente) y Metropolitana de Santiago de Cali), y al Coronel NELSON ACEROS RANGEL (Comandando del Departamento del Valle del Cauca), por acción y omisión de serias violaciones a los Derechos Humanos. Y en especial por la vida e integridad física del ciudadano colombiano DUVAN ARLÉS GUALTERO, asentado en la zona de operaciones de las unidades policiales que dirigen.

EXIGIMOS

Responsabilidad estatal frente a los derechos a vida, la salud, la seguridad personal, la organización y el trabajo del ciudadano colombiano DUVAN ARLÉS GUALTERO

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
• El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

AL ESTADO COLOMBIANO
• El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
• Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los estudiantes y sus organizaciones en la Universidad del Valle, en el Departamento del Valle del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares del Estado.
• Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad y la libre organización de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Valle del Cauca y en especial del ciudadano colombiano DUVAN ARLÉS GUALTERO y su núcleo familiar.
• Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la violación a la Autonomía Universitaria, al principio de distinción y la afectación a bienes protegidos.


A LA GOBERNACIÓN DEL VALLE
• Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas los estudiantes y sus organizaciones en la Universidad del Valle, en el Departamento del Valle del Cauca por parte de las Fuerzas regulares e irregulares del Estado.
• Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad y la libre organización de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Valle del Cauca y en especial del ciudadano colombiano DUVAN ARLÉS GUALTERO y su núcleo familiar.
• Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la violación a la Autonomía Universitaria, al principio de distinción y la afectación a bienes protegidos.


A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
• Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos constitucionales a la derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad y la libre organización de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Valle del Cauca y en especial del ciudadano colombiano DUVAN ARLÉS GUALTERO y su núcleo familiar.
• Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, a la libre movilidad y la libre organización de los Ciudadanos integrantes de las organizaciones populares y sus líderes naturales en el Departamento del Valle del Cauca y en especial del ciudadano colombiano DUVAN ARLÉS GUALTERO y su núcleo familiar.
• Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la violación a la Autonomía Universitaria, al principio de distinción y la afectación a bienes protegidos.


SOLICITAMOS

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
• En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.

INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTAN AFRONTANDO LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE

RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“FRANCISCO ISAIAS CIFUENTES”
20 DE OCTUBRE DE 2009

INSTITUCIONES A DONDE SE DEBEN DIRIGIR
ALVARO URIBE VELEZ
Presidente de la República
Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá
Fax. 5662071
auribe@presidencia.gov.co

FRANCISCO SANTOS
Vicepresidente de la República
Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C.
fsantos@presidencia.gov.co

GABRIEL SILVA LUJAN
Ministro de la Defensa
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
siden@mindefensa.gov.co
infprotocol@mindefensa.gov.co
mdn@cable.net.co

FABIO VALENCIA COSIO
Ministro del Interior y de Justicia
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
Fax. 2221874
ministro@minjusticia.gov.co

MARIO IGUARAN
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22B No. 52-01 Bogotá D.C.
Fax. 570 20 00
contacto@fiscalia.gov.co
denuncie@fiscalia.gov.co

WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo
Calle 55 No. 10 – 32 Bogotá D.C.
Fax. 640 04 91
defensoria@defensoria.org.co
secretaria_privada@hotmail.com

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación
Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C.
anticorrupción@presidencia.gov.co
reygon@procuraduría.gov.co

CARLOS FRANCO
Programa Presidencial De Derechos Humanos Y De Derecho Internacional Humanitario.
Clle 7 N° 5 – 54 Bogotá D.C.
Fax. 337 46 67
cefranco@presidencia.gov.co
fibarra@presidencia.gov.co

NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LOS OFICIOS, GESTIONES E INFORME DE LAS ACCIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACIÓN. redfcifuentes@gmail.com, redfcifuentes@yahoo.es
www.reddhfic.org

URGENTE

A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL

LA RED DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco Isaías Cifuentes”

DENUNCIA PÚBLICA

Requisas ilegales, actos de señalamiento y detención arbitraria, cometidas por integrantes del Comando de Policía del Estado Colombiano, lesionan la libertad e integridad personal de líder campesino y integrante del Equipo Técnico de la Coordinación Campesina del Valle del Cauca, Integrante de la Coordinación Departamental Valle del Cauca del Proceso de Unidad Popular del Sur Occidente Colombiano.

DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:

Al sur occidente de Colombia, en el Departamento del Valle del Cauca, Municipio de Florida, integrantes del Comando de Policía Región 4 (Sur Occidente) del Estado Colombiano, al mando del Brigadier General GUSTAVO ADOLFO RICAURTE TAPIA, en desarrollo de la política de Consolidación de la Seguridad Democrática, reprime arbitrariamente a dos ciudadanos campesinos.

Como política de Estado, los “policías de la patria” del presidente Álvaro Uribe Vélez, en desarrollo de su accionar ilegal violan frecuente y reiteradamente el carácter de protección que tienen los civiles y sus derechos inalienables.

Sobre las organizaciones populares, sus líderes y en especial contra las Jornadas de Protesta que se desarrollan en el territorio Colombiano, el Estado colombiano continúa desarrollando una campaña integral de represión, señalamiento, estigmatización y aniquilamiento.

Por lo tanto, responsabilizamos al Estado Colombiano en cabeza del señor ÁLVARO URIBE VÉLEZ, a la Gobernación del Departamento del Valle del Cauca en Cabeza de JUAN CARLOS ABADIA y a las fuerzas regulares (militares y de policía) e irregulares (Narco Paramilitares) del Estado Colombiano por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) en contra de las organizaciones populares y sus líderes naturales, en el Departamento del Valle del Cauca.

HECHOS.

Al sur occidente de Colombia, en el Departamento del Valle del Cauca,

Viernes 16 de octubre de 2009

Municipio de Florida, casco urbano, se lleva a cabo una movilización pacífica de indígenas pertenecientes a la Organización Regional Indígena del Valle del Cauca (ORIVAC) en la que participan cerca de 1.000 indígenas que se ubican en el edificio de la Alcaldía Municipal.

Cerca de la las 9:45 de la mañana los ciudadanos CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES y ISIDRO MENDOZA se dirigen a una cafetería en los alrededores de la Alcaldía Municipal para digitar en un computador portátil unos oficios relativos a proyectos productivos para las zonas rurales dirigidos al Alcalde del Municipio de Florida.

Hacia las 10:40 de la mañana cuatro efectivos de la Policía Nacional hacen presencia en la cafetería, incluyendo un sargento que llega en moto. El grupo de policías les solicitan a los señores CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES y ISIDRO MENDOZA una requisa, les piden las cédulas de ciudadanía y les dicen que los tienen que llevar a la estación, además realizan una requisa desproporcionada al maletín de LÓPEZ MENESES, decomisándole arbitrariamente un paquete con volantes de la campaña por la libertad del líder indígena del Cauca, Jesús Eduardo Mestizo.

Uno de los policías acusa al señor LÓPEZ MENESES, señalando que el, se encontraba en Florida para “armar desorden” y que por esta razón debía acompañarlo a la estación. Así mismo lo señalan de ser un supuesto “agitador de la Universidad del Valle” vinculados con la movilización indígena. López Meneses aclara que él no estudia en la Universidad del Valle y que hace parte del Equipo Técnico de la Coordinación Campesina del Valle del Cauca en lo referente al tema de Producción y Medio Ambiente, y que se encuentra con ISIDRO MENDOZA redactando una carta dirigida al alcalde municipal, ante esto los agentes solicitan ver la carta, la cual les es mostrada en el portátil.

Uno de los policías procede a gritar de manera amenazante a los señores LÓPEZ MENESES y MENDOZA, ordenándoles que tienen que desplazarse con ellos a la estación y acusándolos de ser “revoltosos”. Los policías proceden a organizarse en formación intimidante contra los dos líderes y uno de ellos amenaza con llamar a la patrulla panel.

Ante la amenaza de de fuerza contra su integridad personal los señores LÓPEZ MENESES y MENDOZA acceden a desplazarse a la Estación de Policía de Florida acompañados de los agentes mencionados.

Al llegar a la Estación el señor LÓPEZ MENESES recibe una llamada a su celular, uno de los agentes le retiene el teléfono y se lo apagan. Posteriormente también incomunican a MENDOZA, apagándole su celular. Los retenidos se niegan a entrar al edificio ante lo cual un agente de policía armado con un fusil ubicado a la entrada de la estación procede a actuar de manera intimidante contra estas dos personas. Ante esta postura los retenidos proceden a ingresar al edificio, una vez allí los separan en cuartos diferentes.

Camilo Ernesto López Meneses es interrogado por un agente de la SIJIN quien procede a preguntarle por su identidad, residencia, ocupación, que qué hace en Florida ese día. El ingeniero procede a explicarle sobre su función en la CCVC y la interlocución que se viene llevando con la alcaldía para la creación de una “mesa de concertación campesina”. Similar interrogatorio se le hace a Isidro Mendoza, a quien por su adscripción como líder campesino proceden a preguntarle sobre la guerrilla en las zonas rurales.

Hacia las 12:00 de la tarde ingresa al sitio de interrogatorio de López Meneses el sargento de la policía responsable de la detención ilegal quien procede a disculparse, que se trataba de un requerimiento de rutina, que lo habían llamado de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos a preguntarles por los dos detenidos, y que quedaban en libertad. Así mismo le señalan que la Policía de Florida tenía información sobre la supuesta presencia de “agitadores de la Universidad del Valle” vinculados a la movilización indígena que hacía presencia en la Alcaldía Municipal.

Los dos detenidos firman un documento de salida y les son devueltas sus cédulas de ciudadanía (que no se habían devuelto en ningún momento). La Policía se queda con los comunicados de la Campaña por la Libertad de Jesús Eduardo Mestizo.

ANTE EL TEMOR EXPRESAMENTE FUNDADO DE LAS COMUNIDADES FRENTE A LAS EXTRALIMITACIONES EN EL EJERCICIO DE LA FUERZA POR PARTE DE POLICIAS DEL ESTADO COLOMBIANO EN EL SECTOR DE COMUNIDADES CAMPESINAS Y LOS LAMENTABLES PRECEDENTES DE ACCIONES SIMILARES.

DENUNCIAMOS PÚBLICAMENTE EL ABUSO DE AUTORIDAD

Señalando que

CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES, En la actualidad es ingeniero ambiental egresado de la Universidad Nacional, responsable de Producción y Medio Ambiente del Equipo Técnico de la Coordinación Campesina del Valle del Cauca (CCVC).

ISIDRO MENDOZA, en la actualidad es un líder campesino del municipio de Florida, miembro en calidad de vicepresidente de la Junta Directiva de la Asociación de Trabajadores Campesinos del Valle del Cauca (ASTRACAVA), filial de la Federación Nacional Unitaria Agropecuaria (FENSUAGRO-CUT), y de la Coordinación Campesina del Valle del Cauca.

RESPONSABILIZAMOS

Al Estado Colombiano, y en particular al Brigadier General GUSTAVO ADOLFO RICAUTE TAPIA, Comandante del Comando de Policía Región 4 (Sur Occidente) del Estado Colombiano, por las violaciones a los Derechos Humanos cometidas por integrantes de las fuerzas regulares del Estado colombiano en la zona de operaciones de las unidades policiales que dirigen.

EXIGIMOS

Responsabilidad estatal frente a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de de los ciudadanos colombianos CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES y ISIDRO MENDOZA que se están viendo afectados por la acción arbitraria del Estado Colombiano.

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
• El cumplimiento de su mandato como veedores de que el estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y de los Derechos Internacionales de los Derechos Humanos.

AL ESTADO COLOMBIANO
• El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demás organismos internacionales.
• Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades del Municipio de Florida en el Departamento del Valle del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
• Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los ciudadanos colombianos CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES y ISIDRO MENDOZA y su núcleo familiar que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
• Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.

A LA GOBERNACIÓN DEL VALLE DEL CAUCA
• Detener las medidas represivas y el amedrentamiento a las que están siendo sometidas las comunidades del Municipio de Florida en el Departamento del Valle del Cauca por parte de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
• Garantizar los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los ciudadanos colombianos CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES y ISIDRO MENDOZA y su núcleo familiar que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
• Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.


A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
• Cumplir con su papel institucional de velar por la garantía y el respeto a los derechos a la vida, la seguridad personal, la integridad física y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, a la honra y reputación, a la libre movilidad y a la propiedad de los ciudadanos colombianos CAMILO ERNESTO LÓPEZ MENESES y ISIDRO MENDOZA y su núcleo familiar que se están viendo afectados por la acción ilegal y arbitraria de las Fuerzas regulares del Estado Colombiano.
• Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, consagrados en los hechos de esta denuncia Pública.

SOLICITAMOS

A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
• En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.

INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTA AFRONTANDO EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA

RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“FRANCISCO ISAIAS CIFUENTES”
19 DE OCTUBRE DE 2009

INSTITUCIONES A DONDE SE DEBEN DIRIGIR
ALVARO URIBE VELEZ
Presidente de la República
Carrera 8 No. 7 -26 Palacio de Nariño Bogotá
Fax. 5662071
auribe@presidencia.gov.co

FRANCISCO SANTOS
Vicepresidente de la República
Carrera 8 No.7-57 Bogotá D.C.
fsantos@presidencia.gov.co

GABRIEL SILVA LUJAN
Ministro de la Defensa
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
siden@mindefensa.gov.co
infprotocol@mindefensa.gov.co
mdn@cable.net.co

FABIO VALENCIA COSIO
Ministro del Interior y de Justicia
Avenida El dorado con carrera 52 CAN Bogotá D.C.
Fax. 2221874
ministro@minjusticia.gov.co

MARIO IGUARAN
Fiscal General de la Nación
Diagonal 22B No. 52-01 Bogotá D.C.
Fax. 570 20 00
contacto@fiscalia.gov.co
denuncie@fiscalia.gov.co

WOLMAR ANTONIO PEREZ ORTIZ
Defensor del Pueblo
Calle 55 No. 10 – 32 Bogotá D.C.
Fax. 640 04 91
defensoria@defensoria.org.co
secretaria_privada@hotmail.com

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación
Cra. 5 No.15 – 80F Bogotá D.C.
anticorrupción@presidencia.gov.co
reygon@procuraduría.gov.co

CARLOS FRANCO
Programa Presidencial De Derechos Humanos Y De Derecho Internacional Humanitario.
Clle 7 N° 5 – 54 Bogotá D.C.
Fax. 337 46 67
cefranco@presidencia.gov.co
fibarra@presidencia.gov.co

NOTA: FAVOR REMITIR AL SIGUIENTE CORREO LOS OFICIOS, GESTIONES E INFORME DE LAS ACCIONES QUE ADELANTEN CON BASE EN ESTA INFORMACIÓN. redfcifuentes@gmail.com, redfcifuentes@yahoo.es
Bogotá D.C., 20 de octubre de 2009






Informe de la representación estudiantil al CSU respecto a lo aprobado en el congreso el día martes 20 de octubre de 2009.





Después de una exitosa marcha de alrededor de 40.000 estudiantes de la mayoría de universidades públicas país, pudimos ingresar a la sesión del Senado y de la Cámara dos estudiantes de la universidad nacional, el profesor Pedro Hernández y un estudiante de la UPTC de Boyacá, intervenimos en el Senado siendo enfáticos en la responsabilidad del Estado de financiar la educación superior, exigiendo un aumento de 600 mil millones de pesos para la universidades los cuales deberían destinarse directamente a la base presupuestal de las universidades sin intermediación del ICETEX, Colciencias, el MEN o el ministerio de educación, de igual forma se exigieron garantías para los derechos humanos de la comunidad universitaria y por último se dejó claro que los congresistas podrían ser responsables de la quiebra de las universidades sino se tomaban las decisiones adecuadas.



Finalmente lo aprobado fue:



Además del IPC proyectado para el 2010



Un incremento de 70 mil millones de pesos que irán para las universidades públicas mediante una fiducia del ICETEX, presupuesto que será repartido por el ministerio de educación mediante concurso de acuerdo a los indicadores de aumento de cobertura y el otro criterio es la “equidad” (lo que en pocas palabras implica menos dinero para la Nacional, la de Antioquia y la del Valle. Y más para las universidades regionales)



Un incremento de 30 mil millones de pesos a través de Colciencias, es decir únicamente para proyectos de investigación de las universidades que sean aprobados por las convocatorias de Colciencias.



42 mil millones de pesos que serán destinados al ICFES y que posteriormente serán devueltos a las universidades según los criterios que establezca la ministra de educación.



Y el pago de 19 mil millones de pesos que hacen parte del monto total que el gobierno nacional le debe a las universidades públicas por el descuento del 10% en el pago de las matrículas para los estudiantes que muestren su certificado electoral.





--
****************************
COMISIÓN DE MEDIOS,
ASAMBLEA DE ESTUDIANTES UTP

Blog:
http://asambleautp.blogspot.com
Saravena, 20 de octubre de 2009.


ACCIÓN URGENTE

ENTRE DETENCIONES, AMENAZAS, MUERTES E INVASIÓN MILITAR DE SU COTIDIANIDAD, DISCURRE LA VIDA DE LOS POBLADORES DEL ORIENTE COLOMBIANO.

Han transcurrido cinco meses, luego de la detención masiva desarrollada en Saravena el 10 de mayo del presente año, cuando nuevamente el departamento de Arauca y sus pobladores vuelven a ser víctimas del eje de judicialización en el marco de la estrategia de agresión contra el pueblo araucano. En efecto el día de ayer 19 de octubre, se desarrolló en los municipios de Saravena, Fortul, Tame y Arauca capital, la “operación ABC” del DAS y Ejército Nacional, que dejó como resultado allanamientos a las viviendas y la captura de 20 ciudadanos de esta región del país, acusados de pertenecer a las estructura de la Organización Rebelde FARC-EP.

Según informes periodísticos, 17 de las 20 nuevas víctimas de esta táctica, fueron las siguientes:

DEISY OVIEDO LEAL, GLADYS LEAL BASTOS y ELISEO REINA BARÓN, quienes fueron detenidos en el casco urbano del municipio de Tame.

Mientras tanto, MAYERLY ANDREA MEDINA BUITRAGO, MARÍA ELIDA ACEVEDO CLAVIJO, YANETH ALVARADO REINA, RODRIGO CARRILLO PAYARES, NELLY FONTECHA ZEA, ÁLVARO DE JESÚS PERTUS QUINTERO, LIGIA TERESA RINCÓN, ÁLVARO ROJAS RÍOS, BENITO TARAZONA VARGAS, GLORIA ISABEL VEGA TRUJILLO, SONIA TERESA BARBOSA, ROSA CECILIA ARIZA VARGAS, JHOANNA ASTRID MARÍN ARIZA, JAIME PAREDES ROJAS, fueron privados de su libertad en los municipios de Fortul y Saravena.

Todos los detenidos, fueron trasladados a la ciudad de Bogotá y se encuentran en los calabozos del DAS en Paloquemado y se encuentran a disposición de la Fiscalía 104 Seccional destacada ante el DAS.

Este eje de la estrategia de agresión se ha basado en “informes de inteligencia” y declaraciones de supuestos reinsertados de las organizaciones rebeldes, que reciben beneficios económicos, jurídicos y de otra índole, para efectuar imputaciones, y con base en ellas formar un proceso para mostrar, de un lado, unos resultados en la lucha contra la insurgencia, que no se han obtenido y por otro, desarticular el tejido social. Existen denuncias penales a cerca de la forma como estos “testigos de cargo” aparte de declarar en los diferentes asuntos judiciales también se dedican a extorsionar, amenazar y constreñir a los pobladores de esta región, intimidándolos que de no acceder a sus pretensiones se vincularan a investigaciones penales como la que hoy nos ocupa. Ejemplo de ello es la investigación seguida por la Fiscalía Seccional de Saravena con base en la denuncia formulada por la señora Ana Benilda Patiño, que a pesar de contar con material probatorio suficiente, no ha tenido mayores desarrollos, pero sí se permite que estos delincuentes sigan actuando como único elemento probatorio para privar de la libertad a los araucanos.

Mientras la fuerza pública, los organismos de inteligencia y la Fiscalía General de la Nación, persigue a los dirigentes sociales, comerciantes y población en general con las judicializaciones, sigue el baño de sangre en esta región; a los hechos denunciados en las acciones urgentes que hemos puesto en conocimiento de la opinión regional, nacional e internacional, se añaden las muertes y atentados que a continuación reseñamos:

El 14 de octubre, fueron asesinados en el casco urbano de Saravena, los señores JOSÉ ALBERTO HERNÁNDEZ MOSQUERA y JOSÉ ANTONIO VARGAS, en horas de la tarde cuando departían en un establecimiento comercial en el sector conocido como Chiquimotos.

El sábado, 17 de octubre, resultó con heridas de consideración el joven de 21 años de edad, JOEL CORREA, en un atentado con arma de fuego que tuvo lugar cerca de su casa de habitación en el Barrio El Prado, del municipio de Saravena.

El 10 de octubre, en la vereda Tamacay del municipio de Tame, fue asesinado el señor ARTURO ACOSTA, de profesión agricultor, en este mismo hecho resultaron heridos LUIS ARTURO CÁRDENAS y la señora ARACELY CARRILLO LIZARAZO.

Exigimos al Estado colombiano, dejar de separar a las personas de sus familias y su trabajo social con estos reiterados montajes judiciales, se respete el debido proceso y las garantías legales y constitucionales de las mujeres y hombres, y que así como actúan sin mayores elementos de prueba para capturar a las personas, también le impriman eficacia y celeridad a los procesos contra los servidores públicos y supuestos testigos que están orquestando estos hechos. De la misma manera exigimos se investigue los hechos de sangre ocurridos en esta región durante el año que avanza, y que se proteja a los individuos en su vida e integridad personal y el desarrollo de sus acciones legítimas en las luchas reivindicativas y políticas.

POR LA DEFENSA DE LA VIDA, LOS DERECHOS HUMANOS Y LA PERMANENCIA EN EL TERRITORIO

FUNDACIÓN DE DERECHOS HUAMANOS JOEL SIERRA

NUESTRA ACCIÓN ES LEGAL Y LEGÍTIMA
LEY 1133 DE 2007
¿AGRO INGRESO SEGURO? ¿PARA QUIEN?


Indudablemente todos los colombianos y colombianas, sobre todos aquellos que por convicción, han respaldado al estado como institución y mas aun quienes son acérrimos defensores del régimen que representa el presidente de la república ALVARO URIBE VELEZ, les han surgido algunas preguntas por lo ocurrido últimamente con los dineros públicos destinados de manera vehemente a “la defensa de los intereses colectivos y sobre todo, a la defensa de los sectores agrícolas, con los que se pretendió beneficiar, al decir de la ley el sistema agropecuario nacional con evidentes repercusiones en los mas necesitados, los desplazados del campo y los agricultores en general”.

Agro Ingreso Seguro, desde mediados de 2007 hasta hace algunos días fue el proyecto que según el presidente, el actual precandidato Andrés Felipe Arias, los representantes de algunos gremios y los mas enconados defensores del proyecto político de ALVARO URIBE, el instrumento mediante el cual los sueños de algunos ciudadanos dedicados a las labores del campo, empezarían a redimir en alguna medida, varias décadas de inequidad, desplazamiento y empobrecimiento, surgido del estado de postración y atraso que lo ha caracterizado o lo largo de nuestra conflictiva historia.

Este escrito busca desde una perspectiva eminentemente académica, plasmar unas opiniones que para estos días son evidencias de un comportamiento que ha caracterizado a lo largo de sus mas de siete (7) años de gobierno al presidente de la república y que con seguridad, continuara siendo su bitácora de gobierno en los próximos cuatro años si es reelegido nuevamente por los colombianos, pues según las encuestas de los medios no obstante, tan escabrosos episodios, tiene una favorabilidad que supera el 70% de preferencia para que siga ocupando el cargo.

La ley 1133 de 2007.

La ley 1133 es una de esas leyes sumarias por así decirlo, muy corta en su articulado, muy poco debatida, de contenido y destinación especifica, aprobada como ha sido costumbre a pupitazo limpio por los congresistas que hacen parte de la coalición de gobierno, excepción hecha de algunos congresistas del POLO DEMOCRATICO, quienes para la época en que se debatió la ley, como de costumbre fueron catalogados por los defensores de la misma como dinosaurios, miembros del ala recalcitrante y radical de la izquierda y en no pocas ocasiones como los terroristas del progreso del agro nacional.

Esta ley tiene un contenido de filosofía social y política, solo equivalente a su articulado, suscriptores y ponentes que en términos generales es el que sigue:

Tiene por objeto lo norma; proteger los ingresos de los productores agrícolas que resulten afectados, por los avatares del mercado como consecuencia de la implementación de acuerdos y tratados comerciales resultantes de la internacionalización de nuestra flamante economía, aclarando que específicamente, se deben conceder los beneficios a quienes al momento de solicitarlos desempeñen actividad de carácter agropecuario. Estos industriales del campo si se me permite, serán destinatarios de tan mentados beneficios, para PROTEGER LOS INGRESOS y NO PROVEER LOS INGRESOS. La diferencia de uno y otro no es de poca significación, pues se protegen los ingresos de quienes los perciben o han demostrado percibirlos, como producto de su actividad agrícola, en pocas palabras se puede o debe proteger a quien actualmente ES productor agrícola y demuestra que su actividad genera riquezas, EMPLEO Y BIENESTAR PARA EL CONGLOMERADO SOCIAL, y que su equilibrio económico e industrial se puede ver perjudicado como consecuencia de las modificaciones del mercado.

Por lo tanto no pueden ser beneficiarios de las prebendas contempladas por la ley quienes actualmente no tienen actividad en el sector agroindustrial y menos aun quien nunca ha percibido ingresos como producto de la misma actividad. En otras palabras se busca proteger la industria agropecuaria existente, que además demuestre generar empleo y riqueza para los trabajadores y actores del sector agropecuario.

Lo anterior se corrobora con el contenido en el articulo segundo de la infortunada norma, pues dentro de su marco general esta busca, promover la productividad y competitividad del sector agropecuario, reducir la desigualdad en el campo y además preparar al sector para enfrentar los retos y desequilibrios REALES, que surjan como producto de la internacionalización de la economía, buscando que quienes subsisten y se mantienen en la actividad, se desarrollen como empresarios del campo, atendiendo la agenda interna que para tal propósito contempla el flamante MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL.

Lograr tan ambicioso proyecto esta en cabeza del programa AGRO INGRESO SEGURO, que consta de dos componentes, considerados en la ley 1133 de 2007.

El primero: CONFORMADO POR APOYOS ECONOMICOS DIRECTOS: Estos apoyos económicos directos, reitera la ley, protegen los ingresos de los productores y aquellas personas, empresas o grupo de personas que son parte real y efectiva del mercado agropecuario ( no están incluidos artistas, reinas, propietarios de tierras improductivas u ociosas etc..), que en un periodo de transición, es decir el periodo que va desde el momento en que se autoriza el SUBSIDIO ( la constitución los tiene prohibidos), hasta que terminen de adelantar su reconversión, actualización o modernización, y así entrar a competir, si se quiere en mejores condiciones frente a las nuevas exigencias del mercado.

Frente a este primer componente de la ley, es necesario recordar que establece los apoyos económicos directos sin contraprestación, es decir no tienen requisito ni exigencia, se abandona el subsidio a la entrega del mismo, sin control previo o posterior, sin que medie obligación alguna por parte del beneficiado. Se entrega el subsidio sencilla y llanamente una vez el funcionario o los funcionarios encargados de autorizarlo suscriban o acepten la entrega.
También refiere la norma, que los auxilios serán otorgados a personas y a sectores. Uno y otro son destinatarios diferentes, en la medida que el sector, tiene un alcance general como por ejemplo el sector de los cañicultores, de los cacaoteros, los cafeteros etc.

Se entiende que si los beneficios se asignan a sectores, en alguna medida existe más equidad en la asignación del auxilio, cosa que en la práctica al Presidente de la República, al Ministro y al Comité Asesor, no le intereso, pues se prefirió impunemente regalar los dineros públicos a personas determinadas Incluyendo pomposos paramilitares, sus testaferros y progenitoras (GORDOLINDO etc.) que han sido tratados como porcelanas por este gobierno, a reinas de belleza que no dudo conocerán de algún tipo de parcelación, salvo la agrícola (Valeri Domínguez- citado por revista cambio), en perjuicio de los sectores mayoritarios que necesitan y reclaman con justicia ayudas para sobrevivir de la actividad agropecuaria.

El mismo articulado de la norma para brindar tranquilidad a la transparencia del trámite y al dinero de los colombianos, afirma que la solicitud de auxilio realizada por estos NECESITADOS particulares no constituye un derecho adquirido, si no una mera expectativa, además ratifica que el mismo no es un contrato. Estas aclaraciones tan precisas nos permiten sin mayor esfuerzo precisar el alcance de tan bochornosa norma, que solo hasta hoy logramos comprender.

Los derechos adquiridos, parten del supuesto de la existencia de unos hechos que se han materializado por una persona y a los que solo les falta un reconocimiento judicial, para que quien los alegue sea considerado judicialmente como titular del mismo. Ahora bien la norma dice que solo habrá derecho adquirido cuando haya decisión definitiva de la autoridad competente, es decir que en este caso una vez emitida la resolución que otorga el regalo, SE CONSTITUYE EL DERECHO ADQUIRIDO, por contener la resolución que lo otorga una obligación de dar DINERO. Esa circunstancia, hace de la resolución un titulo que presta merito ejecutivo a cargo del presupuesto Nacional y de los dineros públicos. Afirma que la resolución es un titulo que presta merito ejecutivo y es así sencillamente, por que en estos actos administrativos no procede recurso alguno por la condición de la persona que emite la resolución, un Ministro (El ex de agricultura y actualmente cándido candidato presidencial) y frente a las actuaciones de los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, no procede recurso alguno para agotar la vía gubernativa, es decir que las únicas instancias probables, serian las judiciales.

Pero en este caso el panorama no es nada prometedor ya que para recuperar estos dineros, no se pueden agotar tramites administrativos pues contra estos actos administrativos no procede recurso ya que por expresa disposición legal y judicial frente a las actuaciones de los Ministros,(quien aprueba los auxilios de agro ingreso seguro, es el ministro del presidente de la república, uno de ellos actual candidato presidencial, que quiere o sueña con emular a su jefe) Directores de Departamentos Administrativos, no procede recurso alguno para agotar la vía gubernativa, es decir que las únicas instancias probables, serian las judiciales. Probablemente se podrían adelantar actuaciones de nulidad, nulidad y restablecimiento del derecho etc. Que resultarían completamente inoperantes debido a que es el mismo estado o Ministerio de Agricultura, quien estaría legitimado como sujeto pasivo del daño para adelantar la reclamación. Cosa que en la práctica es de dudosa presentación (YO DEMANDANDO MIS PROPIOS ACTOS) sobre todo si partimos de la presunción de legalidad de los actos administrativos. Esta actuación, representa muy poco, frente a las que pueden pretender, los beneficiarios del regalo que cuentan con acciones judiciales mucho mas eficaces y rápidas, ya que es completamente viable para ellos adelantar tramite de ejecución singular, con base en un documento que presta merito ejecutivo (la resolución administrativa que adjudica el dinero lo es, pues aunque nos parezca insólito, la misma ley lo ordena), en donde verificada por parte del funcionario judicial la existencia de una obligación clara, expresa y exigible a cargo del estado, al decir del articulo 488 del C.P.C. lo que debe proferir el juez es un AUTO donde ordena estado pagar en un termino perentorio de 24 horas. Vencidas las cuales, sin que el pago se hubiese efectuado, debe el funcionario ordenar que se siga adelante con la ejecución. Si el estado se viese avocado a este tipo de procesos, no se le podría conculcar el derecho de defensa y que por tal circunstancia podría responder, proponiendo las pertinentes excepciones perentorias, es decir aquellas con las que cuenta el demandado, para dejar sin efecto las pretensiones del demandante, pero en estos casos específicos, de conformidad con la ley 794 de 2003, expedida en vigencia de este gobierno, las excepciones perentorias a proponer serian, pago, compensación, novación o prescripción, que resultan imposibles de probar, en la medida que los hechos que la configuran no se han materializado.

De igual manera, no es posible argumentar que frente a una hipotética demanda, la Nación este amparada, por los fueros de que trata el articulo 336 del C.P.C. y el 176 del Código Contencioso Administrativo, en la medida que estas normas se refieren a la limitación que existe para ejecutar a las entidades de carácter publico, siempre y cuando esa ejecución provenga de una pronunciamiento judicial, circunstancia que no se da en el presente caso, pues la obligación a favor del beneficiado tiene su origen en un acto administrativo, que ya tiene contemplado dentro del presupuesto nacional, la respectiva asignación, razón por la cual es completamente procedente el tramite de ejecución. El Código de Procedimiento Civil, también fue reformado, en el sentido, de que cuando se trata de procesos ejecutivos que tienen como fundamento, sentencias, autos o providencias administrativas, las únicas excepciones que proceden son las de pago, compensación y otras de igual carácter. Que no podría por obvias razones proponer el Ministerio de Agricultura, en el hipotético caso en que nos encontramos. De igual manera si se estuviese adelantando un trámite por parte de la administración nacional para dejar sin efecto los auxilios otorgados, los mismos no tendrían eficacia alguna, en la medida que tratándose de procesos ejecutivos no es oponible la prejudicialidad.

Por lo tanto, con esta ley lo que se logro fue una especie de legitimación para disponer de manera arbitraria por decir lo menos de los recursos, a favor de las personas que caprichosamente designara el Ministerio, con una patente de corso pues solo el estado se obliga sin exigencia para el beneficiado de requisito alguno.

Ahora bien, para asegurar la impunidad de la ley los nobles representantes del congreso que la debatieron y quienes la suscribieron, dejaron plenamente establecido otra perla de carácter mayor, que en mi criterio se contrapone de manera hostil, casi indecente a los principios mínimos elementales que deben acompañar todos los actos, que adelanta el legislador y los demás estamentos públicos. Esta norma además de confirmar de manera solapada y dañina a partir de cuando la solicitud de auxilio se convierte en un derecho adquirido, advierte que la asignación no es un contrato, lo que significa, palabras mas palabras menos y para lo que no se requiere ser un Jurisprudente o Docto en leyes, que no hay obligaciones reciprocas, es decir hay simplemente un negocio jurídico, en donde el estado se compromete a regalar el dinero publico, y los dudosos beneficiarios, aceptan recibirlo, pero una vez aceptado el regalo por los ingenuos destinatarios el Estado queda absoluta e indisolublemente ligado al cumplimiento del regalo prometido, ya que este tipo de negocios jurídicos acarrea obligaciones exigibles aun ejecutivamente para quien se compromete a dar y la otra parte, solamente se encuentra obligada a recibir, esto ultimo, lo reitero por que es realmente una obligación, DE RECIBIR.


Para garantizar la efectividad de la ley los legisladores y los suscriptores de la norma, en su magna sabiduría y atendiendo la obligación de transparencia que debe acompañar todos los actos de gobierno, decidieron crear el denominado Comité Intersectorial, que en la práctica solo contribuirá para designar a dedo los beneficiarios de estos recursos. Frente a lo demás es un simple convidado de piedra. Papel que seguramente se esforzara en mantener por que es indudable que les asisten varios intereses para que así sea. En este comité confluye lo mas granado y mejor reconocido de la empresa privada, como de los estamentos públicos. Que en su calidad se encuentra integrado por las siguientes entidades:

Por el Sector Publico: El Ministerio de Agricultura, el de Hacienda y Crédito Público, el de Comercio, El Departamento Nacional de Planeación, el Fondo para la Financiación del Sector Agropecuario (FINAGRO), este último además, encargado de administrar el nuevo fondo de inversiones de capital de riesgo, sin que la misma ley explique cuales son los riesgos que cubrirá el fondo, pero se puede suponer, que este capital de riesgo, esta conformado por los dineros que el estado (los colombianos) a través de AGRO INGRESO SEGURO, les regala y si la inversión no resulta exitosa, entonces el estado les recupera el dinero que les regalamos ( muchos afectos al gobierno, podrán asumir, que son las ventajas que nos da la SEGURIDAD DEMOCRATICA)

Por el sector privado: Federación Nacional de Cafeteros (su anterior gerente es el actual ministro de Defensa Nacional), la SAC (Sociedad de Agricultores de Colombia, que agremia no a los agricultores de la pequeña propiedad rural, sino a los propietarios de grandes extensiones del país, en el pueden participar también monopolios internacionales, como la TABACALERA PHILIPS MORRIS, a quien se le asignaron ingentes recursos, de agro ingreso seguro, sin que la inmaculada tabacalera, demuestre hasta la fecha, que ha creado un empleo adicional o generado beneficio alguno para la sociedad), FEDEGAN (Federación Nacional de Ganaderos, que no incluye al propietario de 20 o 30 cabezas de ganado en sus filas, pero si a muchos personas beneficiados con la barbarie paramilitar) FENAVI y lógicamente, para garantizar la participación democrática no podría faltar un representante de los pequeños agricultores, que no se sabe quien es, pero que el Ministerio de Agricultura, de manera transparente y objetiva nombrara o indicara como se deberá incorporar al comité.

La ley no dice de que manera se tomaran las determinaciones en el comité, para asignar los respectivos auxilios, pero si es completamente claro, que el representante de los pequeños agricultores, por muy buena voluntad que tenga, no tendrá mucha incidencia, pues representa a lo sumo una decima parte del total de la votación del comité (son diez los miembros que lo componen), pero sabiendo que el nombramiento recae en el Ministro o Viceministro de Agricultura, con toda seguridad no tendrán que ocuparse, en discutir la imparcialidad de sus opiniones.

También es clara la ley al determinar que el referido comité, no ejerce funciones de control, pues es simplemente un órgano asesor. Además es completamente entendible que por la forma como el mismo se encuentra conformado, no existe interés alguno en darle transparencia a la asignación de recursos y menos aun pensar que el mismo tiene interés en favorecer con subsidios a los sectores más desprotegidos de la vida agropecuaria del país.

Las funciones de este comité se circunscriben a las de asesorar al Ministerio de Agricultura en asuntos referidos a la asignación de recursos para cada vigencia, con base en criterios técnicos, igualmente asesorar para la adjudicación de créditos y diseñar los mecanismos para la revisión de la ejecución del programa. La pregunta obvia seria. ¿Que responsabilidades de orden económico, fiscal o judicial le son oponibles al famoso comité? En la practica podría afirmarse que ninguna, pues el comité asesor cumple el papel de asesor y sus orientaciones no obligan, por lo que en ese orden de ideas, aun pesando en que sus intereses, no sean los mas ecuánimes, su responsabilidad se limita a orientar, pero quien se obliga es quien decide, en este caso el Ministerio de Agricultura.

Para concluir, esta norma es la mas pura aplicación de los principios de la “cosa nostra” italiana o de la mafia organizada Colombiana, en donde la palabra empeñada se cumple, sin importar quien se perjudique y menos aun, sabiendo que los beneficiarios o destinatarios de los referidos auxilios, han sido personas involucradas con los carteles de las mafias del narcotráfico, muchos de los cuales están pedidos en extradición, pero que tienen sus representantes, para seguir sacando frutos de los dineros públicos, que de manera inocente se pusieron a su disposición.

Decíamos al comienzo que la ley 1133 de 2007, tenia dos componentes de los que ya hicimos mención, pero en mi criterio existe un tercer componente y es el referido a la financiación del riesgo en que puedan incurrir, los intachables patriotas a los que se les asignen los subsidios prohijados por la ley. Ese tercer componente es el que crea el FONDO DE INVERSIONES DE CAPITAL DE RIESGO. (Articulo 10)

Este fondo, tiene como finalidad apoyar las iniciativas productivas en regiones con limitaciones para la concurrencia de la inversión privada blindándolos de riesgos, lo que significa que el estado regala nuestros dineros a los inversionistas privados, quienes no responderán por los errores o descuidos en la inversiones realizadas con los dineros públicos, pues en este caso, acudirán a AGRO INGRESO SEGURO, para “recuperar el dinero publico que invirtieron en sus proyectos”. Esto en ultimas significa la MULTIPLICACION DE LOS PESOS, milagro, obra y gracia de la ley 1133 de 2007.

Para concluir. Visto esta desde el comienzo, que la ley no tenia ninguna finalidad diferente a proteger y enriquecer sin ningún tipo de reparo a determinadas personas, en perjuicio de los intereses sociales. Es una ley hecha para quebrantar la ley, una norma en donde amparados en el principio de legalidad, se desvirtúa la legitimidad del estado y de quienes lo conforman. No es, si quieren saberlo, prevención personal contra el presidente y sus ingeniosos ministros. Pero si de indicios se trata, son tantos los que indican que por lo menos tratándose del de agricultura, hoy cándido precandidato y defensor a ultranza del régimen representado por el Presidente ALVARO URIBE, no hay interés alguno en propiciar el bienestar e interés general como lo establece el articulo 2 de nuestra Constitución, pues viene de tumbo en tumbo. Por citar solamente un antecedente, podríamos recordar, que hace menos de tres años, mediante un acto de buena voluntad, este dependiente del presidente de la república, destino un terreno de mas de 17.000 hectáreas, que debían ser adjudicado a los desplazados por la violencia, a una serie de entidades, en donde no hay desplazados, si no desplazadores, personas jurídicas que en sus juntas directivas, cuentan con beneficiarios de muchos extraditados, su ex mujeres, cuñados, primos, tíos etc. Con seguridad, estos actos, no serán los únicos. Nos sobraran leyes, que además de regalar nuestros dineros, asignen zonas francas a determinados hombrecillos, muy bien custodiados y escoltados. ¡Buenos hijos de la patria, quienes sucederán y encarnaran la nueva seguridad, que requiere este país de terroristas!.




JOSE EDRIGELIO GUERRERO.
Docente universitario.